Cómo declarar la venta de una vivienda en 2025 en la Renta

Si durante el ejercicio de 2024 vendiste o venderás tu inmueble en propiedad, deberás reflejarlo en la declaración de la renta de 2025.
La mayor parte de los ingresos que obtengas tendrán que rendir cuentas en la Campaña de la Renta. Uno de ellos es el incremento del patrimonio gracias a la venta de una vivienda. Dependiendo de la situación, edad y cantidad obtenida, hay que aplicar un tipo de retención del IRPF. Dese esta publicación os vamos a contar como actuar sobre esta situación en vuestra declaración de la renta.
El IRPF en la venta de una vivienda
Lo primero que debes hacer para averiguar el IRPF es calcular el incremento patrimonial obtenido con la operación. Para ello hay que restar el precio de adquisición de la vivienda, al valor de transmisión de la propiedad, es decir, el precio de venta.
Valor de transmisión
El valor de transmisión de una vivienda se refiere a lo que ganaras por la venta de tu inmueble. Habrá que contar con lo siguiente:
- El precio de venta de la casa
- Los gastos asociados a la operación, por ejemplo, la notaría
- Los impuestos que debiste pagar por la operación
- Comisión inmobiliaria en el caso de que haya
- Solicitud de Certificado De Eficiencia Energética e incluso certificados de comunidad de propietarios, los cuales en algunos casos hay que abonar al administrador del inmueble por su emisión.
Valor de adquisición
Se refiere al gasto general que te costo la vivienda desde que compraste en su día, hasta que la vendiste. Algunas de las cuestiones a tener en cuenta son:
- El precio de compra de la casa
- Reformas, arreglos, etc.
- Los gastos e impuestos derivados de la compra
- La hipoteca
¿Cómo tributa la venta de una vivienda en la Renta?
En el caso de que hayas perdido dinero con la operación, no tendrás que aplicar ningún tipo de retención. Si por el contrario has obtenido un beneficio por tu vivienda, deberás aplicar uno de los siguientes tramos de IRPF.
| Hasta 6.000 euros de ganancia | 19% |
| Entre 6.000 y 50.000 euros | 21% |
| Entre 50.000 y 200.000 euros | 23% |
| Entre 200.000 y 300.000 euros | 27% |
| Más de 300.000 euros | 28% |
Por ejemplo, si compraste una vivienda por 100.000 euros y obtienes 150.000 (habiendo abonado ya los gastos derivados de la operación; notaría, impuestos, tasas, etc.), te queda un incremento patrimonial de 50.000 euros. Sobre esta cantidad habrá que aplicar la retención del IRPF del 21%.
¿En qué casilla de la Renta se pone la venta de una vivienda?
La venta de una vivienda implica la generación de una ganancia o pérdida patrimonial. Este dato debe completarse en la página 15 de la renta. En lacasilla 1817, debes especificar el tipo de elemento patrimonial involucrado, en este caso, indicando que se trata de una vivienda. Además, debes proporcionar la referencia catastral en lascasillas 1819 a 1821. A continuación, debes indicar el tipo de operación, marcando lacasilla 1822si se trata de una transmisión onerosa, como una venta o una permuta, o lacasilla 1823si se trata de una transmisión gratuita, como una donación. También debes completar las fechas y los valores de transmisión y adquisición de la siguiente manera:
- El valor de transmisión se registra en lacasilla 1826
- El valor de adquisición se consigna en lacasilla 1830

¿Quién está exento de declarar la venta de un piso?
Si vendes un piso, tienes que incluir en tu declaración de la renta una ganancia o pérdida patrimonial.Si vendes tu vivienda habitual, los beneficios pueden quedar exentos de tributar en determinados casos:
- Venta de la vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia
- Venta de la vivienda habitual para reinvertirel dinero obtenido en la compra de otra casa
¿Cuánto hay que pagar a Hacienda por la venta de una casa?
Se paga a Hacienda solo si se ha obtenido beneficio con la venta, pero habrá que informar de la operación aunque se haya perdido dinero. Respecto a cuánto hay que pagar, este importe dependerá de la ganancia patrimonial obtenida y de los tramos del IRPF de la declaración de la renta 2024.
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