• INMOBILIARIA RUBIO
  • Profesor Rodriguez Moñino nº 3 Local nº 4
  • 10004 Cáceres (Cáceres)
  • 927 278 928
  • 696 897 852
  • Contacto
Búsqueda Avanzada
El Supremo da esperanzas a quienes olvidaron la deducción por compra de vivienda antes de 2013.

El Supremo da esperanzas a quienes olvidaron la deducción por compra de vivienda antes de 2013.

17 05 - 2023

El Tribunal Supremo tiene sobre la mesa resolver si tienen derecho a disfrutar de la deducción por compra de vivienda habitual aquelloscontribuyentes que adquirieron una casa antes del 1 de enero de 2013 (fecha a partir de la cual desaparece esta deducción fiscal) y que no aplicaron estadeducción en el IRPF por no conocer tal derecho o por considerar que no les correspondía. Ahora el alto tribunal da esperanzas a muchos contribuyentes que se encuentran en esta situación.

José María Salcedo, socio director del despachoSalcedo Tax Litigation, recuerda queson muchas las comprobaciones tributarias que se notifican a los contribuyentes por este motivo.Es el caso, por ejemplo, de contribuyentes a los que se les niega ahora la deducción por inversión en vivienda practicada en los últimos cuatro años (por ejemplo, 2018, 2019, 2020, y 2021) porque, pese a haber adquirido su vivienda antes del 1-1-2013, no aplicaron la deducción en algún ejercicio de IRPF finalizado antes de dicha fecha.

“Esto puede deberse a varios motivos: hay contribuyentes que no aplicaron tal deducción por no conocer tal derecho, y no haberse informado debidamente. Pero también los hay que no se dedujeron la inversión realizada por considerar que no tenían derecho a aplicarla en dichos ejercicios anteriores al 1-1-2013”, señala Salcedo.

En estos casos, las comprobaciones tributarias van dirigidas a exigir a los hipotecados que devuelvan las deducciones disfrutadas en los últimos años y también con un claro aviso para que dejen de aplicar la deducción en el futuro. Y, además,muchos reciben una sanción tributaria.

En el caso planteado ante el Supremo, el contribuyente compró su vivienda habitual en 2009, pero no aplicó la deducción en ejercicios anteriores al 1 de enero de 2013, ni tampoco en 2013 ni 2014. ¿Por qué? Porque consideró que no había superado el importe de la inversión ya deducida en su día por la compra de una primera vivienda habitual. El contribuyente empezó a aplicarse la deducción a partir de 2015, algo que cuestiona la Agencia Tributaria porque considera que se incumplen los requisitos previstos en la Disposición Transitoria 18ª de la Ley del IRPF. En concreto, el de haber aplicado la deducción por la compra de la actual vivienda habitual, antes del 1-1-2013.

El Supremo en un Auto de 29 de marzo de 2023 ha acordado aclarar este extremo. En concreto, señala que debe “aclarar si para poder aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual a partir del año 2013 se exige, en todo caso, que el contribuyente se haya deducido, de forma efectiva, cantidades por ese concepto con anterioridad a dicho ejercicio; o, si por el contrario, resulta posible aplicar la deducción en ejercicios posteriores a 2013 en el supuesto de que el contribuyente no se haya deducido cantidades por el mismo concepto con anterioridad a ese año, pudiendo así haberlo hecho”.

En definitiva, el alto tribunal debe decidir hasta qué punto es posible privar al hipotecado de la deducción por inversión en vivienda en ejercicios futuros por el hecho de que no aplicara la deducción antes del 1 de enero de 2013.

“Además, y para el caso de que el Tribunal Supremo niegue la posibilidad de aplicar la deducción a los que no lo hicieron antes del 1-1-2013, el Alto Tribunal tiene previsto aclarar si cabe aplicar dicha deducción en el supuesto de que la falta de aplicación se derive de considerar que no se sobrepasaba la inversión realizada en otra vivienda habitual. Es decir, si dicha deducción podría incluirse en la declaración en el futuro, cuando se demuestre que el contribuyente interpretó incorrectamente la norma, y éste fue el motivo de que no aplicara la deducción en ejercicios anteriores al 1-1-2013”, añade el socio director de Salcedo Tax Litigation.

Cómo deben actuar los contribuyentes

Salcedo aconseja queaquellos contribuyentes que hayan recibido una liquidación tributaria por este motivo la recurranantes de que se convierta en firme. Así, mantienen vivo el asunto y podrán beneficiarse de una hipotética sentencia del Supremo favorable.

Además, el Auto del Supremo abre la puerta a que todos los contribuyentes que optaron por no aplicar la deducción por considerar que no tenían derecho a ella puedan solicitar la rectificación y devolución de ingresos indebidos, de las autoliquidaciones de IRPF presentadas en los últimos cuatro ejercicios. Todo ello, para evitar que dichos ejercicios prescriban y ya no sea posible beneficiarse de una sentencia favorable que permita la deducción por inversión en vivienda en estos casos, zanja José María Salcedo.

juzgados-05.jpg
Los promotores responden al Gobierno: “El inversor no pide una alfombra roja, pide seguridad jurídica”

Los promotores responden al Gobierno: “El inversor no pide una alfombra roja, pide seguridad jurídica”

18 02 - 2026

Los promotores han lanzado un mensaje al Gobierno: hace falta más seguridad jurídica para reducir la actual crisis habitacional que arrastra España. Según han argumentado los primeros espadas de...

más
El precio de la vivienda usada arranca 2026 con subidas máximas (18,4%) y en récord

El precio de la vivienda usada arranca 2026 con subidas máximas (18,4%) y en récord

03 02 - 2026

Elprecio de la vivienda usada en Españaha registrado una subida del 18,4% interanual durante el mes de enero, situándose en2.650 euros/m2, según el último índice de precios inmobiliarios de...

más
El “piso puente”: comprar pequeño hoy para saltar a uno mejor en cinco años

El “piso puente”: comprar pequeño hoy para saltar a uno mejor en cinco años

26 01 - 2026

No es el piso soñado. No tiene terraza, ni tres habitaciones, ni ese salón luminoso que imaginabas para recibir amigos. Pero tiene algo que, ahora mismo, vale casi más que cualquier extra: te...

más
La inversión inmobiliaria en España podría crecer hasta un 10% este año, según CBRE

La inversión inmobiliaria en España podría crecer hasta un 10% este año, según CBRE

22 01 - 2026

La inversión inmobiliaria en Españacrecerá entre un 5% y un 10% en 2026, según el informe 'Real Estate Market Outlook 2026' de CBRE, que anticipa un nuevo año de crecimiento en el sector...

más
Profesor Rodriguez Moñino nº 3 Local nº 4
10004
Cáceres (Cáceres)
  • INMOBILIARIA RUBIO
  • Profesor Rodriguez Moñino nº 3 Local nº 4
  • 10004 Cáceres (Cáceres)
  • 927 278 928
  • 696 897 852

© INMOBILIARIA RUBIO 2026

Avisos legales